La adopción y exigencia del identificador LEI (Legal Entity Identifier) en el mercado chileno responde a los estándares de transparencia impulsados por el Financial Stability Board (FSB) del G20, y ha sido incorporada en la legislación nacional a través de las siguientes normativas:
Descripción: Es la normativa principal del Banco Central que regula las operaciones de cambios internacionales y el mercado de derivados.
Exigencia del LEI: A través de las recientes actualizaciones (como los Reglamentos Operativos II.3 y II.5 de agosto de 2024), el Banco Central establece el uso obligatorio del código LEI para identificar a las contrapartes no residentes (extranjeras) que operan con bancos e instituciones financieras chilenas. Se exige para el reporte de derivados financieros, determinación del Dólar Observado y para inversiones a través de custodios internacionales.
Descripción: Es el repositorio de datos comerciales (Trade Repository) administrado por el Banco Central para monitorear el riesgo en el mercado de derivados financieros.
Exigencia del LEI: El glosario y manual operativo del SIID-TR definen al LEI como el estándar técnico obligatorio para registrar la "Posición neta" y el "Sector Externo", permitiendo identificar de forma inequívoca a las organizaciones que son parte de un contrato financiero transfronterizo.
Descripción: Emitida por la Comisión para el Mercado Financiero, esta norma modernizó las exigencias de información que deben reportar las Sociedades Anónimas Abiertas, Bancos, Compañías de Seguros y otras entidades reguladas, integrando temáticas ESG (Ambiental, Social y Gobernanza).
Exigencia del LEI: En el marco de la transparencia corporativa y el reporte de gobierno corporativo, la NCG 461 promueve la identificación estandarizada de las matrices y filiales a nivel global. El LEI se utiliza para asegurar que las estructuras societarias de los conglomerados chilenos sean trazables internacionalmente.
Descripción: Es el cuerpo normativo que rige la operación diaria de los bancos comerciales en Chile.
Exigencia del LEI: En las actualizaciones recientes (2024/2025) impulsadas por la CMF para modernizar el sistema de pagos y operaciones de crédito con el exterior, se recomienda y adopta el uso del LEI como la mejor práctica internacional. Su objetivo es facilitar el cobro, la validación de identidad en operaciones transfronterizas y mitigar el riesgo de lavado de activos al tratar con personas jurídicas no residentes o domiciliadas en el país.
Descripción: Promulgada a fines de 2023, esta ley moderniza el mercado de capitales chileno, regulando especialmente el mercado de derivados OTC (Over-The-Counter) y las operaciones de reporte (Repos).
Exigencia del LEI: Para dar cumplimiento a esta ley, las infraestructuras del mercado financiero y las cámaras de compensación deben reportar las transacciones a los repositorios de datos. El código LEI es el elemento técnico clave exigido por los reguladores para mapear el riesgo sistémico, ya que es el único identificador que conecta a las entidades locales con la base de datos global de la GLEIF.
